Régimen de Participación Laboral en las Ganancias

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 528/08

jueves, 12 de mayo de 2011

La Provincia planteó un sistema 911 especial para taxis en la ciudad

El gobierno provincial planteó ayer la instalación de un sistema 911 especial para taxis de Mar del Plata pensado con un formato similar al 911 Pánico que es utilizado en Buenos Aires en las empresas de transporte de colectivos para el horario nocturno

En el caso de Mar del Plata, el sistema se propone como “una acción conjunta entre el gobierno, los taxis y el municipio de General Pueyrredon”, indicó el ministro de Justicia y Seguridad, Ricardo Casal en la Casa de Gobierno, durante la firma de un convenio para la instalación de un sistema de alarmas y monitoreo para escuelas.

El mismo corresponde a una respuesta ante las inquietudes de los conductores para “poner la tecnología al servicio de la seguridad”.

En este sentido, Casal consideró a la línea de emergencias 911 como “una de las herramientas más importantes de prevención, de disuasión y de intervención inmediata de la Policía ante cualquier ilícito”.

Miembros de la Confederación General de Trabajo (CGT) Regional Mar del Plata realizaron una reunión la semana pasada con el secretario de Gobierno Ariel Ciano, para reclamar mayores medidas de seguridad.

Donato Cirone, secretario general del Sindicato Único de Peones de Taxi (Supetax) que forma parte de la CGT regional, señaló a El Atlántico que a fines de esta semana o principios de la semana que viene habrá una nueva reunión con el ministro Casal para “reafirmar “el pedido de políticas de seguridad.

“Se trata de los pedido de botón de pánico, la escuela de policía, el pedido de más efectivos, entre otras cosas, para mejorar la seguridad”, recordó.

Sobre este sistema de 911 en los taxis de la ciudad, Cirone explicó que está formado por un GPS con un AVL. La Policía recibe la señal a través de una pantalla de monitoreo del 911.

“Ante un viaje dudoso, pasajero armado, o cualquier situación irregular, el conductor activa el botón y en la pantalla aparece que hay una vehículo en emergencia”, detalló. Al mismo tiempo señaló que se trata de un dispositivo que se implementaría en taxis, remises y colectivos.

“De concretarse esto va a ser muy útil, muy importante para la seguridad del transporte de pasajeros”, destacó el secretario General del Supetax.

miércoles, 11 de mayo de 2011

GACETILLA

Mar del Plata, 11 de mayo de 2011

GACETILLA DE PRENSA

REF.: CIERRE DE “BOLICHES” ZONA ALEM 03:30 HORAS.

De mi mayor consideración:

Quien suscribe, Donato Salvador Cirone, en mi carácter de Secretario General del Sindicato Único de Peones de Taxi (SUPETAX) y, como Secretario de Transporte de la Confederación General del Trabajo (CGT) Regional Mar del Plata, tengo el grato honor de dirigirme a Ustedes a fin de manifestar la postura de los trabajadores de autos de alquiler respecto de los alcances del proyecto de ordenanza presentado por el bloque de concejales de Acción Marplatense, tendiente a subsanar la postergación y letargo al que durante distintas administraciones municipales fueran sometidos los vecinos de la zona en la que se desarrolla la actividad de los “bares de Alem”. Que sin perjuicio de las implicancias positivas que acarrea este ordenamiento legislativo para los vecinos afectados directamente, trae también aparejadas mejoras para otros sectores de la comunidad marplatense.

El cierre de los denominados “boliches” del sector referenciado en el proyecto a las 03:30 horas, permitirá un nuevo ordenamiento de la actividad nocturna y una oportuna modificación de hábitos de nocturnidad. Ya no se verán jóvenes deambulando por las calles de Playa Grande durante la madrugada y el inicio de las actividades de los comercios comprendidos en la nueva norma deberá ser más temprano, contribuyendo así a mejorar la seguridad de vecinos, comerciantes y clientes de la zona.

En cuanto a la eficacia del transporte de pasajeros, ésta se verá beneficiada por no encontrarse el horario estipulado afectado por los “relevos” (cambios de turnos) de taxis y/o remisses; que son las modalidades de movilidad más utilizadas por los asistentes a los establecimientos nocturnos. Generando más trabajo para los taxistas y menos espera para los usuarios, contribuyendo esto también, a la seguridad de los jóvenes y a la tranquilidad de sus padres.

En cuanto al desarrollo de actividades comerciales, entendemos que el cierre de los “bares de Alem” a las 03:30 horas, impulsará la concurrencia de público después del horario señalado a los “bailables” instalados en otros puntos de la ciudad habilitados para tal actividad. Distribuyéndose así la actividad de forma equitativa por toda la ciudad y, evitándose la concentración de personas y la consiguiente saturación y desorden que esto suele provocar, en espacios inapropiados.

Por lo expuesto, desde el Sindicato Único de Peones de Taxi y desde la CGT local, saludamos la iniciativa brindada por el concejal de Acción Marplatense, Diego Monti y, nos ponemos a disposición de las autoridades para contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de los vecinos de la ciudad en general y, de los usuarios de autos de alquiler en particular, articulando las medidas y medios correspondientes a nuestro sector, que fueran necesarios para la concreción del proyecto y la amplificación de su alcance.

Sin más que agregar los saluda muy atte.

Donato Cirone

Sec. Gral.

SUPETAX

PROYECTO CIERRE DE "BOLICHES" ZONA ALEM 03:30 HORAS

Mar del Plata, 4 mayo de 2011.

Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Arq. Marcelo Artime

S / D

VISTO

La imperiosa necesidad de arbitrar medidas excepcionales tendientes al ordenamiento de las actividades y usos en la zona comercial y de esparcimiento de Alem, y

CONSIDERANDO

Que la actividad comercial vinculada con la nocturnidad en la zona de Playa Grande generó una situación altamente conflictiva entre los vecinos y comerciantes de la zona que trasciende el ámbito de la mera relación de tolerancia.

Que es obligación del Estado garantizar el derecho a gozar de un medio ambiente libre de contaminación, íntimamente relacionado con el derecho a la salud, bien jurídicamente protegido por las constituciones Nacional y Provincial.

Que el Defensor del Pueblo de la Nación, mediante Resolución nº 133/08, exhortó a las autoridades municipales a que se intensifiquen los controles de las actividades nocturnas existentes en el barrio Playa Grande, manteniendo la actual moratoria para la instalación de nuevos comercios que puedan agravar la situación de conflicto.

Que los vecinos que habitan cerca de los locales comerciales se encuentran expuestos a los efectos del desarrollo de sus actividades, muchas veces nocivos, como los ruidos molestos de los comercios o como los ocasionados por la gran afluencia de personas y vehículos que la propia actividad comercial genera.

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 27 inciso 1º determina que corresponde a la función deliberativa municipal “la radicación, habilitación y funcionamiento de los establecimientos comerciales e industriales, en la medida en que no se opongan a las normas que al respecto dicte la Provincia y que atribuyan competencia a organismos provinciales”.

Que se debe legislar en pos de buscar un equilibrio, permitir ejercer el comercio de manera tal que no se interfiera en la calidad de vida de los vecinos y en el crecimiento de la ciudad.

Que el ambicioso proyecto de traslado de bares a la escollera norte y Terminal de Cruceros se encuentra avanzado, forjando un polo de desarrollo de turismo internacional, posicionando a la ciudad de Mar del Plata en un lugar único y referencial turísticamente.

Que la ciudad de Mar del Plata cuenta con un tradicional corredor nocturno como es la Avenida Constitución, el cual posee una amplia oferta gastronómica y comercial nocturna tanto para los vecinos de la ciudad como para los turistas.

Que el Estado debe dictar normas tendientes al ordenamiento de las actividades y usos de la ciudad sujeto al principio de proporcionalidad.

Que la calle Alem y su entorno inmediato poseen una amplia oferta de locales gastronómicos cubriendo ampliamente las necesidades de la zona, por lo que no debe ser incrementada innecesariamente.

Que acciones tendientes a promover la radicación de inversiones de carácter diurno que complementen las actuales actividades es una manera de atenuar la situación de emergencia que viven los vecinos de la zona Alem.

Con el convencimiento de que trabajar para lograr un equilibrio entre la situación que viven los vecinos de la zona Alem y el desarrollo de los emprendimientos comerciales es un paso mas para lograr una ciudad para todos, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1º: Determínense los sectores territoriales y usos sujetos a la aplicación de la presente ordenanza, según el siguiente detalle:

Zona Alem: Determinado urbanísticamente por las parcelas frentistas afectadas por la Vía de Uso Específico Alem (VUE Alem); conforme las Planchetas Urbanísticas A265 y A273 ó, de corresponder, sus respectivas modificatorias.

Artículo 2º: Elimínase en la zona indicada en el artículo 1º los usos que a continuación se detallan:

a) Servicio Clase 3 Turístico Recreativo: Billar pool metegol entretenimiento de mesa hasta tres unidades (nº de orden 73) bowling (nº de orden 74) café bar nocturno (nº de orden 75) café concert (nº de orden 76) club social y cultural (nº de orden 78) galería de arte (nº de orden 79) instituciones de extensión sociocultural (nº de orden 80) juegos electrónicos (nº de orden 81).

b) Servicio Clase 4 Turístico – Recreativos: Boite (nº de orden 42), cabaret (nº de orden 43) casa de fiestas – salón de baile (nº de orden 44) centro de exposiciones permanentes cubiertas (nº de orden 45) club nocturno (nº de orden 46) confitería bailable bailanta (nº de orden 47) dancing (nº de orden 48) discoteca (nº de orden 49) disquería (nº de orden 50) restaurante con espectáculos (nº de orden 51) sala de atracción y espectáculos (nº de orden 52) club privado (nº de orden 77).

c) Servicio Clase 2: Café Bar y Restaurante, Bar, Bar Lácteo, Cafetería (nº de orden 9), Copetín al Paso, Bar Lácteo Cafetería (nº de orden 10), Casa de Té Chocolatería (nº de orden 13), Confitería (nº de orden 16), Fonda y Cantina (nº de orden 18), Parrilla y Restaurante (nº de orden 37), Sandwichería (nº de orden 39), Sandwichería al mostrador (nº de orden 40), Casa de Té (nº de orden 55).

Artículo 3º: Los establecimientos de servicios y comercios gastronómicos habilitados y comprendidos en la zona indicada en el artículo 1º, deberán cerrar a las 3:30 horas.

Artículo 4º: El cese de las actividades implica para estos establecimientos la no permanencia de público asistente en el interior de aquellos.

Artículo 5º: La Subsecretaría de Control, a través de las Direcciones y Departamentos dependientes de la Dirección General de Inspección General será el órgano de aplicación y contralor de lo dispuesto en los artículos anteriores.

Artículo 6º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones al Código de Ordenamiento Territorial (C.O.T.) de conformidad con las prescripciones contenidas en la presente.

Artículo 7º: Abróguese toda norma que se oponga a la presente.

Artículo 8º: De forma.